Si te has explicado bien (para no variar) pero yo soy muy quisquillosa y me gusta tenerlo todo atado y bien atado, asi que hagamos un supuesto y ya me dirás si es erróneo o finalmente “lo he pillado” je,je
Yo soy autónoma ahora en España y los gastos me tienen frita, asi que me doy de baja de autónomos y me creo una Ltd en Uk, dicha empresa “Free at last ltd” ja,ja, :) me contrata por el salario mínimo indispensable (ay, que mala soy) Vale, hasta ahi todo organizado.
A la hora de tributar, yo declaro mi salario como trabajadora española de la ltd inglesa ante la hacienda española, right? Pongamos que unas 700 libras al mes. Estaría catalogada como “trabajadora por cuenta ajena” ¿no es así?
Ahora bien, el 20% de las ganancias de la Ltd se las debo dar a Hacienda inglesa, después de descontar todos los gastos, incluido el sueldo a “la española” ¿no es asi?
Dime si ese es el esquema o es otro.
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